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Certificado de nacimiento online

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El certificado de nacimiento es el documento expedido por el Encargado del Registro Civil o Consular correspondiente, que da fe del hecho del nacimiento, fecha en que tuvo lugar, del sexo, y en su caso, de la hora en que se produjo el nacimiento y de la filiación del inscrito.

Puede ser solicitado por cualquier ciudadano que así lo requiera y tenga interés, salvo las excepciones legalmente previstas, que impiden que se dé publicidad sin autorización especial.

Se previene al solicitante de que si no explica causa justificativa, necesidad y destinatario en la anterior declaración responsable, la solicitud será denegada. El solicitante, declara bajo su responsabilidad que los datos y manifestaciones que se contienen en este documento son ciertos, considera que cuenta con interés legítimo para efectuar la solicitud en virtud de lo anteriormente indicado y es conocedor de las consecuencias, incluso penales, en que podría incurrir en caso contrario. Además el solicitante debe tener en cuenta que la certificación que, en su caso, se le entregue, no podrá ser empleada para otros fines y destino distintos a los indicados en esta solicitud. De no cumplir alguna de estas premisas, el solicitante responderá de los perjuicios que el sujeto inscrito pudiera sufrir.
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El certificado de nacimiento es el documento oficial que acredita el nacimiento de la persona.

Puede ser solicitado por cualquier ciudadano que así lo requiera y tenga interés, salvo las excepciones legalmente previstas, que impiden que se dé publicidad sin autorización especial.

Tipos de Certificados

Certificado positivo:

- Literal: Es una copia literal de la inscripción del nacimiento, conteniendo todos los datos relativos a la identidad del nacido y al hecho del nacimiento.

- Extracto: Es un resumen de la información que consta en el Registro Civil relativa al hecho del nacimiento. El extracto a su vez se puede solicitar en uno de los siguientes formatos:

- Ordinario o bilingüe: Es el expedido en lengua castellana para aquellas comunidades cuyo único idioma oficial sea el castellano, y adicionalmente en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma donde se expide cuando ésta cuente con su propio idioma oficial.

-Internacional o plurilingüe: Es el destinado a surtir efecto en los países que hayan ratificado el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976. Este certificado se expide en el idioma oficial de todos los países firmantes del citado convenio (España, Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia, Croacia, Eslovenia, Francia, Italia, Luxemburgo, Macedonia, Países Bajos, Portugal, Suiza, Turquía, Serbia Montenegro).

Certificado negativo:

Acredita que no está inscrito el nacimiento de una persona en ese Registro Civil.