Decreto ley 3/2026, de 24 de marzo (Cataluña)
❓ ¿A quién afectan estas nuevas medidas?
A propietarios, sociedades, gestores y administradores de viviendas en alquiler en Cataluña, especialmente en zonas de mercado residencial tensionado.
Referencia: art. 9 y 10 DL 3/2026; Ley 18/2007 de derecho a la vivienda (modificada).
❓ ¿Estoy obligado a declarar y registrar mi contrato de alquiler?
Sí. Los contratos de alquiler deben:
- tener fianza obligatoria
- depositarse junto con la documentación exigida
Referencia: art. 10.10 DL 3/2026 (modificación art. 66.3 Ley 18/2007); Ley 13/1996.
❓ ¿Qué información debe incluir obligatoriamente la publicidad del alquiler?
Toda publicidad (se entiende cualquier comunicación dirigida a los consumidores o al público en general) u oferta debe incluir:
- Precio máximo legal del alquiler (índice o última renta válida)
- Condición de gran tenedor, si la vivienda está en zona tensionada.
- Referencia de la cédula de habitabilidad
- Referencia del certificado de eficiencia energética
- Art. 58.3 Ley 18/2007: La oferta, promoción y publicidad dirigidas a la venta o arrendamiento de viviendas deben ajustarse a los principios de veracidad, de modo que no oculten datos fundamentales de los objetos a que se refieren y no induzcan o puedan inducir a los destinatarios a ningún error con repercusiones económicas.
Referencia:
- art. 10.2, 10.3 y 10.4 DL 3/2026 (modificación art. 59 Ley 18/2007)
- art. 10.11 DL 3/2026 (modificación art. 124.2.n Ley 18/2007).
❓ ¿Cómo se determina el precio legal máximo del alquiler?
Debe aplicarse:
- el sistema de referencia de precios del alquiler, o
- la última renta vigente en los últimos 5 años, si es inferior.
Referencia:
- art. 10.2 DL 3/2026 (art. 59.g Ley 18/2007)
- art. 10.5 y 10.7 DL 3/2026 (arts. 61.2.f y 66.2.a).
❓ ¿Qué documentación es obligatoria en el contrato de alquiler?
El contrato debe incorporar obligatoriamente:
- Documento acreditativo del precio legal (índice de precios según la web del Ministerio)
- Cédula de habitabilidad
- Certificado de eficiencia energética
- Acreditación de la finalidad del contrato
- Si se aplica un contrato anterior, habrá que justicarlo (atención si no se hizo el depósito fianza en su momento, puede haber sanciones)
Referencia:
- art. 10.9 DL 3/2026 (art. 66.2 Ley 18/2007).
- Se aplica el Código de Consumo de Cataluña para el procedimiento sancionador.
❓ ¿Debe adjuntarse el documento del índice de precios?
Sí. Es obligatorio adjuntarlo al contrato y registrarlo junto con la fianza.
Referencia:
- art. 10.9 y 10.10 DL 3/2026
- art. 9 DL 3/2026 (modificación Ley 13/1996).
❓ ¿Sigue siendo obligatorio el depósito de la fianza?
Sí, y ahora además:
- se registra el contrato
- se registra el documento del precio legal, la justificación de la temporalidad, la justificación de vivienda habitual en otra vivienda y demás documentación que lo jusfique.
Referencia:
- art. 10.10 DL 3/2026 (art. 66.3 Ley 18/2007).
❓ ¿Qué pasa si no deposito la fianza o la documentación?
Puede conllevar:
- sanciones
- inspección automatizada
- incoación de procedimientos sancionadores
Referencia:
- art. 9 DL 3/2026
- régimen sancionador Ley 18/2007 (arts. 124 y ss.).
❓ ¿La Administración puede conocer mis contratos aunque yo no los comunique?
Sí. El Decreto obliga a otras administraciones públicas a comunicar información de:
- contratos de alquiler
- ayudas y subvenciones al alquiler
Referencia:
- art. 9 DL 3/2026 (modificación art. 11 Ley 13/1996).
❓ ¿Qué es el Registro de Grandes Tenedores?
Es un registro administrativo obligatorio, dependiente de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
Deben inscribirse:
- personas físicas o jurídicas
- que tengan la condición de gran tenedor según la ley vigente
Referencia:
- art. 10.16 DL 3/2026 (Disposición adicional 27ª Ley 18/2007).
❓ ¿Desde cuándo existe la obligación de inscribirse como gran tenedor?
Desde el momento en que se cumplen los requisitos, aunque el reglamento aún no esté aprobado.
Referencia:
- art. 10.16.2 DL 3/2026.
❓ Si soy gran tenedor, ¿puedo fijar libremente el precio del alquiler?
No. En zonas tensionadas:
- el precio debe ser el menor entre:
- índice de referencia
- última renta válida
Referencia:
- art. 10.2 y 10.3 DL 3/2026 (art. 59.g y h Ley 18/2007).
❓ ¿Cómo detecta la Administración viviendas vacías o usos anómalos?
Puede utilizar, entre otros:
- padrón
- Registro de fianzas
- consumos de suministros
- anuncios publicitarios
- las declaraciones de la propiedad en otros expedientes o actuaciones.
- inspecciones
Referencia:
- art. 10.1 DL 3/2026 (art. 41 Ley 18/2007).
❓ ¿Se han endurecido las sanciones?
Sí. Son infracciones, entre otras:
- anunciar precios superiores al legal
- no indicar el precio legal
- no indicar la condición de gran tenedor
- no adjuntar el documento del índice de precios
Referencia:
- art. 10.11 a 10.15 DL 3/2026 (arts. 124 y 130 Ley 18/2007).
❓ ¿Quién impone ahora las sanciones?
Las sanciones se tramitan conforme al Código de Consumo de Cataluña, a través de la autoridad competente en consumo.
Referencia:
- art. 10.15 DL 3/2026 (art. 130.3 Ley 18/2007).
❓ ¿Afecta solo a contratos nuevos?
Principalmente a:
- contratos nuevos
- renovaciones
- viviendas que vuelven al mercado
pero los contratos anteriores pueden utilizarse como referencia de control.
Referencia:
- arts. 59, 61 y 66 Ley 18/2007 (modificados).
✅ Recomendación TraceDat
Revisar antes de alquilar:
- precio legal
- documentación, que Cedula de habitabilidad, Certificado Energético estén vigentes.
- publicidad
- obligación de registro de la finza
- posible condición de gran tenedor
- Contratos de temporada, tener el número de Registro de alquiler vigente en el Registro de la Propiedad.
- Especial cuidado con la información contradictoria.
Esto evita sanciones y requerimientos administrativos.
Certificado de Gran Tenedor https://tracedat.com/producto/certificado-gran-tenedor-certificado-de-localizacion-de-la-ley-12-2023-por-el-derecho-a-la-vivienda/
Certificado de Gran Tenedor Cataluña https://tracedat.com/producto/certificado-gran-tenedor-en-cataluna-para-empresas-personas-juridicas-decreto-ley-2-2025/